Las infracciones de tráfico para 2024

A lo largo de los años se producen millones de infracciones de tráfico tanto en nuestras carreteras como en vías interurbanas. Hay numerosos tipos de estas. Sin embargo, las más habituales son las de carácter administrativo, como podrían ser circular con la ITV caducada o sin la póliza de seguros en vigor. Sin olvidar de las que interviene el comportamiento del conductor. Este tipo de infracción corresponden, por ejemplo, al consumo de alcohol y drogas o el exceso de velocidad.

Y es que este tipo de infracción de tráfico es la que que ocupa el primer puesto. Además de ser el motivo por el que los usuarios reciben más multas lleva asociada la característica de la mortalidad. Para luchar contra el número de fallecidos en carretera, los límites de velocidad han cambiado en busca de una conducción más sosegada. Por consiguiente, se busca proteger tanto a los ocupantes de los vehículos como al resto de usuarios de la vía. Estos serían los peatones, motoristas, ciclistas o conductores de los vehículos pesados.

Las infracciones por superar los límites de velocidad se califican de dos formas: graves o muy graves. Si bien es cierto que no todas son susceptibles de retirada de puntos en el permiso de conducir sí que implican una multa económica. El importe a abonar con la sanción más leve comienza en 100 euros. Respeto a la retirada de puntos, lo mínimo que se puede restar sería una cantidad de 2 puntos. Las infracciones de tráfico pueden ser superiores en los casos más graves superando los 1000 euros de multa y llevando asociada la retirada directa del permiso de conducir. Estas acciones serían de extrema gravedad y puede pasarse a clasificarse como delito.

Las infracciones de tráfico en 2024

Multa de 100 euros sin retirada de puntos. Sanción grave, según la velocidad máxima permitida en la vía y a la que circula el conductor:

20 km/h: entre 21 y 40 km/h.
30 km/h: de 31 a 50 km/h.
40 km/h: de 41 a 60 km/h.
50 km/h: de 51 a 70 km/h.
60 km/h: de 61 a 90 km/h.
70 km/h: de 71 a 100 km/h.
80 km/h: de 81 a 110 km/h.
90 km/h: de 91 a 120 km/h.
100 km/h: de 101 a 130 km/h.
120 km/h: de 121 a 150 km/h.

Multa de 300 euros y 2 puntos menos. También considerada «sanción grave».

20 km/h: entre 41 y 50 km/h.
30 km/h: de 51 a 60.
40 km/h: de 61 a 70.
50 km/h: de 71 a 80.
60 km/h: de 91 a 110.
70 km/h: de 101 a 120.
80 km/h: de 111 a 130.
90 km/h: de 121 a 140.
100 km/h: de 131 a 150.
120 km/h: de 151 a 170 km/h.

Multa de 400 euros y 4 puntos menos. Sanción de tipo «grave».

20 km/h: entre 51 y 60 km/h.
30 km/h: de 61 a 70.
40 km/h: de 71 a 80.
50 km/h: de 81 a 90.
60 km/h: de 111 a 120.
70 km/h: de 121 a 130.
80 km/h: de 131 a 140.
90 km/h: de 141 a 150.
100 km/h: de 151 a 170.
120 km/h: de 171 a 180 km/h.

Multa de 500 euros y 6 puntos del carnet. Calificada como «sanción grave».

20 km/h: de 61 a 70 km/h.
30 km/h: de 71 a 80.
40 km/h: de 81 a 90.
50 km/h: de 91 a 100.
60 km/h: de 121 a 130.
70 km/h: de 131 a 140.
80 km/h: de 141 a 150.
90 km/h: de 151 a 160.
100 km/h: de 161 a 170.
120 km/h: de 181 a 190 km/h.

Las multas de 600 euros en adelante y retirada de como mínimo 6 puntos del carnet son las de tipo «muy grave», siendo aquellas cuya detección de velocidad supera los límites de las sanciones de 500 euros.

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