Las zonas de carga y descarga

En las grandes ciudades, es muy habitual encontrarse con zonas de carga y descarga. Por lo general, tienen establecidas un horario determinado, pero siempre surge la duda. ¿Puedo aparcar?

En primer lugar, el horario de las zonas de carga y descarga (días de la semana y franja horaria) es competencia del ayuntamiento de la ciudad en cuestión. Por ello, es importante mirar bien la información que está especificada en las señales para no cometer infracciones.

Así, tal y como señala la DGT, “las medidas adoptadas por la Autoridad Municipal consisten en la reserva de determinados espacios para la carga y descarga de las mercancías, especialmente en lugares comerciales de las ciudades, durante aquella parte del día en que se desarrolla la actividad comercial, siendo más o menos amplio el periodo de restricción según las necesidades, quedando normalmente sin efecto durante los días festivos”. Por ello, otorga a la Autoridad Municipal “la retirada de los vehículos de las vías urbanas, y su posterior depósito no sólo cuando obstaculicen o dificulten la circulación o supongan un peligro para ésta, sino también cuando estén incorrectamente aparcados en las zonas de estacionamiento restringido”.

¿Conclusión? Dentro del horario que esté establecido para la carga y descarga de una determinada zona, no aparques tu vehículo pues corres el riesgo de ser multado (a no ser que lleves una furgoneta o un camión y desees realizar una carga o descarga de mercancías).

Fuente: DGT.

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