Desde el 1 de diciembre de 2015:
- Nueva regulación gestión y control de la Incapacidad Temporal.
- Nuevos partes médicos de: Baja/Alta/Confimación
Existen 4 tipos de Incapacidad Temporal:
- Muy corta: Inferior a 5 días naturales.
- Corta: de 5 a 30 días naturales.
- Media: de 31 a 60 días naturales.
- Larga: de 61 o más días naturales.
Proceso de duración estimada:
- Muy corta:
- Baja y alta en el mismo documento.
- No se emite parte de confirmación.
- El día del alta el médico puede modificar la duración inicial.
- Se deja sin efecto el alta y se emite parte confirmación.
- Corta:
- Primer parte a los siete días de baja como máximo.
- Los siguientes partes a los siguientes días.
- Media:
- Primer parte a los 7 días de la baja.
- Siguientes partes a los 28 días de la baja.
- Larga:
- Primer parte a los 14 días de la baja.
- Siguientes partes a los 35 días de la baja.
Obligaciones del trabajador:
- Entrega de partes a la empresa:
- Duración muy corta: dentro de las 24 horas siguientes al alta o parte de confirmación
- Partes de baja y confirmación: 3 días siguientes a la fecha de su expedición.
- Parte de alta: dentro de las 24 horas siguientes a su expedición.
Transmitir al INSS:
- Partes de alta, baja y confirmación.
- Tres días hábiles desde su recepción.
Fuente: Corporación jurídica. Asesoría jurídica Cegem.