Nueva gestión de los procesos de incapacidad temporal

Desde el 1 de diciembre de 2015:

  • Nueva regulación gestión y control de la Incapacidad Temporal.
  • Nuevos partes médicos de: Baja/Alta/Confimación

Existen 4 tipos de Incapacidad Temporal:

  • Muy corta: Inferior a 5 días naturales.
  • Corta: de 5 a 30 días naturales.
  • Media: de 31 a 60 días naturales.
  • Larga: de 61 o más días naturales.

Proceso de duración estimada:

  • Muy corta:
    • Baja y alta en el mismo documento.
    • No se emite parte de confirmación.
    • El día del alta el médico puede modificar la duración inicial.
    • Se deja sin efecto el alta y se emite parte confirmación.
  • Corta:
    • Primer parte a los siete días de baja como máximo.
    • Los siguientes partes a los siguientes días.
  • Media:
    • Primer parte a los 7 días de la baja.
    • Siguientes partes a los 28 días de la baja.
  • Larga:
    • Primer parte a los 14 días de la baja.
    • Siguientes partes a los 35 días de la baja.

Obligaciones del trabajador:

  • Entrega de partes a la empresa:
    • Duración muy corta: dentro de las 24 horas siguientes al alta o parte de confirmación
  • Partes de baja y confirmación: 3 días siguientes a la fecha de su expedición.
  • Parte de alta: dentro de las 24 horas siguientes a su expedición.

Transmitir al INSS:

  • Partes de alta, baja y confirmación.
  • Tres días hábiles desde su recepción.

Fuente: Corporación jurídica. Asesoría jurídica Cegem.

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